- Presidente del CONADIS dijo que crear Federación no es acto discriminatorio
El presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad-CONADIS, Guillermo Vega Espejo, instó al Instituto Peruano del Deporte-IPD, cumpla con la Ley General de la Persona con Discapacidad(27050) y autorice la creación de la Federación Deportiva Especial de Sordos del Perú.
Explicó que ha causado preocupación en el CONADIS las declaraciones del presidente del IPD, Arturo Woodman quién ha afirmado que los deportistas sordos deberían integrarse y participar en todas las federaciones ya existentes según la disciplina deportiva que escojan.
“Si usted (señor Woodman) me asegura y le asegura al ente rector y a la sociedad civil que la persona sorda encontrará en cada Federación Deportiva un entrenador, un preparador, un asistente y un árbitro o juez que dominen perfectamente el lenguaje de señas y sepan como interactuar con una persona con esa discapacidad, entonces yo le daré la razón. Pero sabe usted que eso no es posible”, afirmó el titular del CONADIS.
Vega Espejo indicó que el artículo 28 de la Ley 27050 establece claramente que el CONADIS promoverá, en coordinación con el IPD “la creación de Federaciones Deportivas Especiales que demanden las diferentes discapacidades con el fin de que el Perú pueda integrarse al Comité Para Olímpico Internacional y otras instituciones internacionales del deporte especial”.
“No es cierto entonces, como afirma el presidente del IPD, que la creación de una Federación Deportiva para deportistas con discapacidad auditiva sería un acto discriminatorio”, aseveró.
Esta posición , agregó el titular del CONADIS, contraviene a la Ley General de Discapacidad así como a la Convención de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de la Persona con Discapacidad.
No hay que olvidar que el Perú ha sido el primer país en Sudamérica en suscribir, aprobar y ratificar mediante Resolución Legislativa esta Convención que tiene carácter vinculante.
Además, agregó, Guillermo Vega, no solo se trata de las normas referidas a la temática de la discapacidad sino que la propia Ley de Promoción del Deporte(28036) en su artículo 47 se refiere a la Federación Deportiva Especial.
A la letra dicho artículo señala que se denomina Federación Deportiva Especial a la Asociación Civil de derecho privado y sin fines de lucro que desarrolla, promueve, organiza y dirige la práctica deportiva, recreativa y de educación física de las personas con discapacidad, en su diferentes disciplinas y modalidades. Sus estatutos, dirigentes y organizaciones se inscriben en el Registro Nacional del Deporte.
En ese sentido, el presidente del CONADIS hizo un llamado a la reflexión al titular del IPD a reconsiderar su posición y se dé paso a la Federación Deportiva para las personas con discapacidad auditiva y que el Perú se encuentre al mismo nivel de otros países.
Hay que recordar que en el mundo existen 104 Federaciones Deportivas de Personas Sordas en tanto el Comité Internacional de Deportes para Sordos fue fundado en 1924 y reconocido en 1955 por el Comité Olímpico Internacional.
En momentos en que estamos logrando más leyes para hacer respetar los derechos de las PCD no podemos por otro lado, negar la creación de una federación deportiva cuando están en su total derecho y amparados por leyes nacionales e internacionales” enfatizó
Guillermo Vega Espejo.
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