6 diciembre, 2018
El 06 de diciembre del 2018 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N°30879 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019; asimismo, en materia de discapacidad, se detalla en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final, que:
Los gobiernos locales y gobiernos regionales están obligados para utilizar el 0,5% de su presupuesto institucional a favor de la realización de obras, mantenimiento, reparación o adecuación destinados a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades incluyendo el acceso a los palacios y demás sedes municipales y regionales que están al servicio de todos los ciudadanos y prioritariamente a los que presenten algún tipo de discapacidad.
Asimismo, los gobiernos locales y gobiernos regionales están obligados para utilizar el 0,5% de su presupuesto institucional para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las Oficinas Municipales de Atención a la Persona con Discapacidad (OMAPEDS) y las Oficinas Regionales de Atención a la Persona con Discapacidad (OREDIS) a favor de la población con discapacidad de su jurisdicción.
A continuación se podrá descarga la ley completa: